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11 de noviembre de 2024

PUBLICADA EN EL BOA LA Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales.

 https://www.boe.es/boe/






En el Boletín Oficial del Estado del sábado 9 de noviembre de 2024, Núm. 271, se publica la Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales, tras un dilatado proceso.

En ella se recogen las facultades que poseen los AAFF y MAA, que hasta la fecha, venían de forma dispersa, reflejadas en diferentes normas de las distintas administraciones a las que pertenecían, aunándolas en una sola para todo el Estado.




En su preámbulo, se lee:

III

Con la aprobación de la Constitución Española, las Comunidades Autónomas asumieron competencias en la ordenación del territorio, los montes y aprovechamientos forestales, la gestión del medio ambiente, las aguas, la pesca, acuicultura y caza, entre otras. Asimismo, también se traspasó el personal que formaba el Cuerpo de Guardería Forestal del Estado.

No obstante, existen distintos cuerpos, escalas, especialidades, así como agrupaciones de funcionarios en la estructura territorial. Ello se refleja en que existen agentes forestales y medioambientales dependientes de administraciones locales; la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; y otras categorías, cuerpos y agrupaciones de funcionarios creados por las Comunidades Autónomas con distintas denominaciones. Esto ha dado lugar al desarrollo de distintas regulaciones sobre este colectivo a nivel territorial, con variaciones tanto en sus funciones como en sus facultades.

Es por ello por lo que el objeto de esta ley es el establecimiento de un régimen jurídico para los agentes forestales y medioambientales independientemente de la administración a la que se encuentren adscritos. La finalidad última reside en que los agentes forestales y medioambientales desempeñen de forma adecuada sus labores de policía, custodia y vigilancia de los bienes de naturaleza forestal y ambiental, como agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones. Y más cuando sus funciones también inciden en ámbitos tan importantes como en materia de protección civil o en la cooperación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y otras administraciones. 


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