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11 de noviembre de 2024

PUBLICADA EN EL BOA LA Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales.

 https://www.boe.es/boe/






En el Boletín Oficial del Estado del sábado 9 de noviembre de 2024, Núm. 271, se publica la Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales, tras un dilatado proceso.

En ella se recogen las facultades que poseen los AAFF y MAA, que hasta la fecha, venían de forma dispersa, reflejadas en diferentes normas de las distintas administraciones a las que pertenecían, aunándolas en una sola para todo el Estado.




En su preámbulo, se lee:

III

Con la aprobación de la Constitución Española, las Comunidades Autónomas asumieron competencias en la ordenación del territorio, los montes y aprovechamientos forestales, la gestión del medio ambiente, las aguas, la pesca, acuicultura y caza, entre otras. Asimismo, también se traspasó el personal que formaba el Cuerpo de Guardería Forestal del Estado.

No obstante, existen distintos cuerpos, escalas, especialidades, así como agrupaciones de funcionarios en la estructura territorial. Ello se refleja en que existen agentes forestales y medioambientales dependientes de administraciones locales; la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; y otras categorías, cuerpos y agrupaciones de funcionarios creados por las Comunidades Autónomas con distintas denominaciones. Esto ha dado lugar al desarrollo de distintas regulaciones sobre este colectivo a nivel territorial, con variaciones tanto en sus funciones como en sus facultades.

Es por ello por lo que el objeto de esta ley es el establecimiento de un régimen jurídico para los agentes forestales y medioambientales independientemente de la administración a la que se encuentren adscritos. La finalidad última reside en que los agentes forestales y medioambientales desempeñen de forma adecuada sus labores de policía, custodia y vigilancia de los bienes de naturaleza forestal y ambiental, como agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones. Y más cuando sus funciones también inciden en ámbitos tan importantes como en materia de protección civil o en la cooperación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y otras administraciones. 


11 de junio de 2024

La AAPNA informa: Hallazgo de un ejemplar de quebrantahuesos muerto bajo un aerogenerador

 El pasado viernes 7 de junio, tras recibir el aviso por parte de técnicos de la Fundación para la Conservación del Quebrantahuesos (FCQ) sobre el hallazgo de un ejemplar de quebrantahuesos muerto bajo un aerogenerador, Agentes de Protección de la Naturaleza (APN) se trasladaron al lugar de los hechos en la localidad de Luco de Bordón en el término municipal de Castellote, para realizar las diligencias necesarias y poder así esclarecer los hechos. El aerogenerador bajo el que se encontraba el quebrantahuesos muerto pertenece a la central eólica Refoyás, ubicada en el municipio castellonense de Todolella, situada justo en el límite con la provincia de Teruel.

Técnicos de la FCQ mostraban a los APN la ubicación exacta del ejemplar de quebrantahuesos y se procedía a recopilar toda la información relevante y al levantamiento del cadáver y su custodia, para posteriormente trasladarlo al Centro de Recuperación de Fauna Silvestre de la Alfranca, donde se le realizará la necropsia y así poder determinar con mayor exactitud la causa de la muerte. 

Esta forma de proceder por parte de los APN es imprescindible ya que como agentes de la autoridad y al tratarse de una especie en peligro de extinción, puede ser requerido el resultado de estas investigaciones si se diera el caso de que existiera responsabilidad ambiental sobre la muerte de este ejemplar y es por ello que debe realizarse de forma rigurosa.

Los Agentes de Protección de la Naturaleza trabajamos desde el año 2018, en el seguimiento de éste y otros ejemplares de quebrantahuesos presentes en la ZEPA del Guadalope. Entre nuestras tareas relacionadas con esta se especie, se encuentra la detección, para su corrección, de posibles elementos que puedan afectarle como pueden ser diferentes infraestructuras o posibles molestias que pudieran ocasionar otras actividades humanas, todo ello con la finalidad de hacer compatible la presencia de la especie con los usos del territorio; también realizamos aportes de alimentación específica en diferentes comederos presentes en la zona y adecuados para tal fin, en este punto cabe reseñar la colaboración de ganaderos de ovino presentes en la zona. 

Este quebrantahuesos, denominado Masía, formaba parte del proyecto de reintroducción de la especie que la FCQ lleva a cabo junto al Gobierno de Aragón y el Ministerio competente en materia de Medio Ambiente en la zona del Maestrazgo. Fue liberado en Ejulve en el año 2022 y desde entonces se encontraba en las inmediaciones del cañón del Guadalope. El jueves por la tarde, según indicaciones de técnicos de la FCQ a los APN, el localizador que llevaba puesto emitió una señal indicando que algo le había pasado al ejemplar y el viernes se procedió a su búsqueda y localización. Masía se encontraba en la zona del Guadalope entre las comarcas del Maestrazgo, Cuencas Mineras y Andorra-Sierra de Arcos desde su puesta en libertad en la zona del Maestrazgo, junto a varios ejemplares procedentes del proyecto de reintroducción de la especie que la Generalitat Valenciana está llevando a cabo en el cercano Parque Natural de la Tinença de Benifassa, en la provincia de Castellón. Los APN también han venido observando algún ejemplar adulto en la zona, probablemente procedentes del Pirineo. 

Todos estos ejemplares van y vienen desde la cuenca del Guadalope al citado Parque Natural en busca de alimento, utilizando estas montañas a modo de corredor biológico para su desplazamiento, al igual que otras grandes planeadoras existentes en la zona como son los buitres y las águilas. En varias de las montañas de la provincia de Castellón entre estas dos zonas, hay ubicadas centrales eólicas y ha sido en uno de estos aerogeneradores, muy próximo al límite entre las provincias de Teruel y Castellón, donde ha sucedido el fatal suceso.

La AAPNA ya manifestó en febrero de 2022, mediante un comunicado, su preocupación por las consecuencias medioambientales de diferente índole asociadas al creciente auge en la instalación de las centrales renovables, siendo las más conocidas las relacionadas con las afecciones a las aves y murciélagos y a la alta tasa de mortalidad que se produce como consecuencia de las colisiones con las aspas de los aerogeneradores.


6 de junio de 2024

COMUNICADO DE LA AAPNA ANTE EL CESE DE APNs INTERINOS EN PUERTAS DEL VERANO



Durante esta primera semana de Junio se está avisando a los APNs interinos que van a cumplir 3 años de servicio para causarles la baja laboral. Si bien nos parece correcto el contenido del Real Decreto-Ley 14/2021 que regula que el personal funcionario interino, en general, no podrá ocupar ese puesto más de tres años, NO PODEMOS asumir que se aplique en este momento a funcionarios del Cuerpo de Agentes de Protección de Naturaleza, JUSTO cuando va a comenzar el verano y la época de Alta Activación de Medios de la Campaña de Incendios Forestales. Y más, en un año en que las circunstancias meteorológicas están siendo extremas, habiendo muchas partes de Aragón donde apenas ha habido precipitaciones; esto coincide en esta semana de elevadas temperaturas y pone en evidencia lo importante que pueden ser las emergencias por incendios forestales este año.

Había ya en marcha un proceso para varias plazas de APNs interinos que está en trámite de llamamiento y que no esperamos que se cubra con personal cualificado hasta ya avanzado el verano; pensemos que una vez incorporados se tiene que llevar a cabo su formación, para estar convenientemente preparados para asumir los trabajos de Dirección de extinción A y B y de Jefe de Sector en casos de incendios de cierta envergadura, tal como establece el INFOAR.

Además de ese proceso, que tardará en dotar de personal cualificado al Cuerpo de APNs, ahora al personal interino ya formado, con experiencia y de menor media de edad, se les aplica la norma sin considerar la excepcionalidad de la situación, y de esta forma dejar otro número de plazas vacías en plena fase de Alta Activación de Medios en incendios forestales.

Nos parece un despropósito esta medida que se está comunicando esta semana y por eso pedimos a la Dirección General de la Función Pública que considere la Instrucción que ha dado y que aplique una excepción al colectivo de APN al menos durante 3 ó 4 meses al objeto de poder afrontar el verano con los cuadrantes de trabajo ya previstos, que incluyen a estos agentes, a los que ahora se les está comunicando su cese. Sus plazas, además de ser necesarias por emergencias, han sido ofertadas a APN de nuevo ingreso y han quedado desiertas.

A su vez deberían de agilizar la dotación de los nuevos APNs del otro proceso de ocupación de plazas vacantes.

En total un 15 % de las plazas quedarían sin cubrir por estos 2 procesos, y es inasumible para poder abarcar los cometidos y servicios de guardias que ordena el INFOAR y atender convenientemente la campaña de emergencias en verano.

Al mismo tiempo, al cesar a los funcionarios más jóvenes, los servicios recaerán sobre el personal de mayor edad, en muchos casos sobrepasando los 60 años, que en otros colectivos similares ya disfrutarían de la jubilación.

Si no se atiende esta excepcionalidad NO SE PODRÁN CUBRIR LOS RELEVOS NECESARIOS en cualquier incendio de cierta envergadura y que este año pueden darse dadas las condiciones meteorológicas.

Aprovechamos para pedir a la Dirección General de Función Pública que también se tenga en cuenta la necesidad de revisar, reorganizar y aumentar el número de componentes de la escasa plantilla de APN, conociendo los nuevos retos que implica la atención adecuada al operativo de icendios forestales, donde los APNs intervenimos como mandos intermedios, y al resto de cometidos del Departamento de Medio Ambiente, para el que trabajamos.

Actualmente hay un 12% de plazas menos que en los años 80 y habría que llegar al menos a esas cifras de forma inmediata.

15 de mayo de 2024

AGRESIÓN A UN AGENTE PARA LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA, DURANTE EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES

En las últimas semanas, un Agente para la Protección de la Naturaleza (APN) del Gobierno de Aragón sufrió una agresión por parte de un trabajador de una empresa forestal mientras realizaba el trabajo de supervisión de un aprovechamiento.

El suceso tuvo lugar cuando el agente tomaba unas fotografías para redactar el informe dando traslado de las condiciones en las que se realizaba el aprovechamiento maderero. En ese momento un trabajador de la empresa adjudicataria se abalanzó sobre él gritándole y propinándole un puñetazo en el pecho, amenazándole de muerte mientras lo perseguía sin poder alcanzarlo. El APN, que cuenta con una dilatada experiencia en aprovechamientos, se retiró rápidamente de la zona y procedió a interponer la correspondiente denuncia en las dependencias de la Guardia Civil.


La supervisión de los aprovechamientos forestales y de los trabajos selvícolas que realizan los Agentes para la Protección de la Naturaleza no están considerados por el Gobierno de Aragón como actividades de riesgo por lo que no existen protocolos de actuación que eviten incidentes de este tipo.

Desde la Asociación de Agentes para la Protección de la Naturaleza (AAPNA) queremos mostrar nuestro apoyo al compañero agredido y recordar a la ciudadanía que nuestro objetivo es la protección del medio ambiente supervisando muchas actividades para que se realicen de acuerdo a la normativa vigente y a lo establecido en los diferentes aprovechamientos.

A su vez solicitamos del Gobierno de Aragón medios y protocolos adecuados para poder afrontar este tipo de situaciones que pueden surgir en cualquier momento profesional. Además agredir a un Agente de la Autoridad en el ejercicio de sus funciones está considerado como delito y pasa a hacerse cargo un juzgado.

6 de enero de 2024

COMUNICADO ANTE EL EXPEDIENTE A UN APN

 

Desde 2017 se viene realizando la actividad de Helibike en la zona del Pirineo central, en concreto en el término de Bielsa y alrededores. Previamente, esta asociación ya se pronunció respecto a dicha actividad, mostrando su preocupación por ser junto con el heliski, actividades que generan un impacto considerable en el Medio Natural, por lo que nuestra postura fue la de apoyar lo que ya había establecido el INAGA en una Resolución reciente: Que debería de realizarse una Evaluación Ambiental Ordinaria debido a los múltiples factores naturales existentes y a las afecciones ambientales que se pueden producir. Recomendación que también hizo el Consejo de Protección de Naturaleza en su Dictamen de fecha 20 de diciembre de 2019.

 La empresa Altitude Rides ha esquivado la realización de dicha Declaración Ambiental y ha seguido realizando vuelos para actividades de Helibike y/o Heliski, posándose en diferentes lugares de la zona axial del pirineo aragonés, especialmente en la Punta Suelza del entorno Bielsa.

El APN que tiene asignada la demarcación, siendo testigo de la realización de esos vuelos y siendo sabedor de que la empresa no contaba con todas las autorizaciones necesarias para realizar dichas actividades de acuerdo con la legislación vigente, realizó en el ejercicio de sus funciones las denuncias correspondientes. Como resultado de ello, la empresa fue sancionada y según apunta el Heraldo de Aragón en su edición del día 16/09/2021 con una multa de 240.000 €  “por haber desarrollado una actividad sin autorización al no haber tramitado la declaración de impacto ambiental ordinaria previamente”.

Lo que está sucediendo a día de hoy es que después de un proceso, llamado de “investigación”, el Servicio Provincial de Medio Ambiente de Huesca al que pertenecen todos los APNs de dicha provincia, pretende sancionar al APN de la demarcación que denunció a la empresa (empresa que a día de hoy sigue sin tener Resolución positiva del INAGA para realizar la actividad), abriéndole expediente y alegando que comete faltas graves por “no guardar el debido sigilo respecto a los asuntos que se conozcan por razón del cargo …” y por “desconsideración a los administrados”, cuando es público el hecho de que la empresa no tiene las autorizaciones pertinentes y necesarias para realizar dicha actividad aunque también es sabido que la empresa ha recurrido la resolución emitida por el INAGA. El APN sigue siendo testigo de vuelos para la realización de la actividad, y ha actuado profesionalmente al respecto. El Servicio Provincial llega a sus conclusiones por denuncias de la empresa hacia el APN apoyada por unos testigos que a primera vista la propia empresa ha buscado (siendo casi todos clientes de la misma), diciendo y asumiendo el propio Servicio Provincial, que existe una presunta persecución y acoso a la citada empresa.

 Resulta sorprendente que lo que sí que es una realidad es que se siguen realizando vuelos desde el valle hasta las zonas altas de la montaña, transportando bicicletas y sus usuarios, para que se lancen a altas velocidades por senderos tanto de nueva creación como tradicionales (que se usaban para comunicación entre distintos lugares en otros tiempos) y aptos para senderistas actualmente; dicha actividad que entendemos es de considerable impacto, todavía no tiene los requisitos ni la autorización que el órgano correspondiente (INAGA) les ha exigido.

Parece que el APN de la demarcación debe de mirar para otro lado y taparse los oídos y no poder hablar con nadie para informar del estado actual de la situación aunque le pregunten, porque de lo contrario puede incurrir en persecución y acoso mientras la empresa sigue operando. Además, el sistema actual de demarcaciones asignadas a APNs favorece el hecho de que los APNs vivan en los lugares próximos a su demarcación lo cual les integra en la sociedad en la que están trabajando y ante unos hechos que se hacen populares, los vecinos de esos lugares, incluyendo empresarios, suelen recurrir a buscar informaciones del estado de la legalidad de determinadas situaciones a los propios APNs.

 Desde la AAPNA entendemos que el expediente sancionador abierto hacia nuestro compañero y las faltas tanto graves como leves de las que presuntamente se le acusa por parte del Servicio Provincial de Huesca no son procedentes y que ese celo de nuestro compañero por poner en evidencia unas actividades que todavía no están convenientemente autorizados, se quiere castigar en beneficio de una empresa que sí que fue sancionada en un principio por esos hechos con una multa de 240.000 € y que de momento no se sabe si ha pagado dicha sanción, ni tampoco por qué todavía no tiene la Resolución Administrativa correspondiente que debe emitir el INAGA para la realización de la actividad.

 Esperamos que el expediente a nuestro compañero tome el rumbo de ser anulado y esperamos del SPHU que apoye a los compañeros que con celo y decisión denuncian y ponen de manifiesto actividades que no son beneficiosas para el Medio Natural y que no están ni convenientemente autorizadas ni por tanto, tienen aprobado un condicionado ambiental que valore y minimice los perjuicios ambientales. Ser Agente de Protección de Naturaleza exige precisamente “proteger la naturaleza” y las actividades que puedan comprometer esa protección deberán estar debidamente autorizadas. En ese caso, los APNs cumpliremos con nuestra obligación de vigilar lo autorizado dentro del condicionado ambiental que técnicamente se haya exigido en las autorizaciones correspondientes.