Escudo corporativo del cuerpo de APN

llámanos

¿Fauna salvaje en dificultades o muerta?
¿Incendios forestales?
¿Infracciones contra la seguridad ambiental, caza, pesca, vertidos?
¡¡LLÁMANOS!!
112 SOS ARAGÓN


¿Cualquier tema relacionado con el medio ambiente?
Pregunta por nosotros:
AGENTES PARA LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA
Centralitas SP Medio Ambiente
Huesca: 974 293 206
Teruel: 978 641 150
Zaragoza: 976 714 600

Por correo electrónico, pinchando en este enlace o escribiendo a apn@aragon.es indicando tus datos

enlace a las OFICINAS COMARCALES Y ÁREAS MEDIOAMBIENTALES DEL DEPARTAMENTO DE A. G. Y MEDIO AMBIENTE


AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

LEY 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

q) AGENTE FORESTAL: Funcionario que ostenta la condición de Agente de la autoridad perteneciente a las Administraciones Públicas que, de acuerdo con su propia normativa y con independencia de la denominación corporativa específica, tiene encomendadas, entre otras funciones, las de policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y la de policía judicial en sentido genérico tal como establece el apartado 6º del artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

5 de junio de 2014

5 DE JUNIO, DÍA MUNDIAL DEL MEDIO AMBIENTE






De acuerdo con lo expuesto en el Estatuto de Autonomía de Aragón en su:

Artículo 71.— Competencias exclusivas
En el ámbito de las competencias exclusivas, la Comunidad Autónoma
de Aragón ejercerá la potestad legislativa, la potestad reglamentaria,
la función ejecutiva y el establecimiento de políticas propias, respetando
lo dispuesto en los artículos 140 y 149.1 de la Constitución.
Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en
las siguientes materias:
20.ª Montes  y vías pecuarias, que, al menos, incluye la regulación
y el régimen de protección e intervención administrativa de sus usos,
así como de los pastosy los servicios y aprovechamientos forestales.
21.ª Espacios naturales protegidos, que incluye la regulación y declaración
de las figuras de protección, la delimitación, la planificación y la
gestión de los mismos y de los hábitats protegidos situados en Aragón.
22.ª Normas adicionales de la legislación básica sobre protección del
medio ambiente  y del paisaje, que incluye la planificación de la prevención
y eliminación de las distintas fuentes de contaminación, así como el
desarrollo de políticas que contribuyan a mitigar el cambio climático.
23.ª Caza, pesca fluvial y lacustre  y acuicultura, así como la protección
de los ecosistemas en los que se desarrollen estas actividades, promoviendo
reversiones económicas en la mejora de las condiciones ambientales
del medio natural aragonés.
57.ª Protección civil, que incluye, en todo caso, la regulación, la
planificación, la coordinación y la ejecución de medidas relativas a emergencias
y seguridad civil ante incendios, catástrofes naturales, accidentes
y otras situaciones de necesidad.



El Gobierno de Aragón otorga estas competencias exclusivas al Departamento de Agricultura Ganadería y Medio Ambiente (AGMA).
Para hacer efectiva la gestión y policía en materia de medio ambiente sobre todo el territorio de Aragón, el Dto. De AGMA dispone únicamente del cuerpo de Agentes para la Protección de la Naturaleza (APN)



Veamos algunas cifras sobre el trabajo de los APN:
El Cuerpo de Agentes para la Protección de la Naturaleza cuenta con una plantilla de 362 funcionarios.

A cada uno de los APN del Gobierno de Aragón, le corresponde simultáneamente:



Todo ello, para cumplir las obligaciones que el Gobierno de Aragón tiene con sus ciudadanos y el medio ambiente aragonés.

Lo que no parece ser una obligación del Gobierno de Aragón es dotar de medios legales, humanos y materiales al cuerpo de APN.

  • *       Al que mantiene con un alto índice de interinidad y para el que no convoca oposiciones.
  • *       Al que no regula mediante una norma específica.
  • *       Al que recorta y no renueva su decrépito parque de vehículos.







  • *       Para el que dispone de escasos fondos para combustible.
  • *       Y para medios materiales de uso cotidiano.


En definitiva, un colectivo que parece sobrarle al Gobierno de Aragón, desviando sus funciones a otros grupos, empresas u organismos públicos y privados, aumentando con ello el gasto del erario público aragonés y empeorando el servicio, a la vez que incumple con el ejercicio de sus competencias.
Los APN conmemorarán el 5 de junio intentando, y a menudo consiguiendo, cumplir con su cometido diario a pesar de las dificultades.

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