Escudo corporativo del cuerpo de APN

llámanos

¿Fauna salvaje en dificultades o muerta?
¿Incendios forestales?
¿Infracciones contra la seguridad ambiental, caza, pesca, vertidos?
¡¡LLÁMANOS!!
112 SOS ARAGÓN


¿Cualquier tema relacionado con el medio ambiente?
Pregunta por nosotros:
AGENTES PARA LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA
Centralitas SP Medio Ambiente
Huesca: 974 293 206
Teruel: 978 641 150
Zaragoza: 976 714 600

Por correo electrónico, pinchando en este enlace o escribiendo a apn@aragon.es indicando tus datos

enlace a las OFICINAS COMARCALES Y ÁREAS MEDIOAMBIENTALES DEL DEPARTAMENTO DE A. G. Y MEDIO AMBIENTE


AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

LEY 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

q) AGENTE FORESTAL: Funcionario que ostenta la condición de Agente de la autoridad perteneciente a las Administraciones Públicas que, de acuerdo con su propia normativa y con independencia de la denominación corporativa específica, tiene encomendadas, entre otras funciones, las de policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y la de policía judicial en sentido genérico tal como establece el apartado 6º del artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

21 de marzo de 2014

21 de marzo: Día Forestal Mundial

Coincidendiendo con el "Día Forestal Mundial", la AAPNA quiere dejar patente el abandono al que somete el Gobierno de Aragón al Cuerpo de Agentes para la Protección de la Naturaleza, que en el cumplimiento de sus competencias, es al que encarga el velar por la protección de los montes aragoneses y del medio ambiente.

Anunciar oposiciones para cubrir 3 plazas, con 64 vacantes, una quinta parte del cuerpo de APN, no es asumir las competencias en medio ambiente que la Constitución en su artículo 148 otorga a las CCAA.

FAO



Día Internacional de los Bosques 2014





    9 DE MARZO DE 2014

    La AAPNA registró sendos escritos en Función Pública y en el Departamento de Agricultura Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, instando a la corrección de los decretos publicados en el BOA el día 24 de febrero, en los que se incluían solamente 3 plazas de APN, cuando actualmente existen 64 vacantes; más de una quinta parte de la plantilla.



Algunas cifras:

    Composición actual y prevista del Cuerpo de Agentes para la Protección de la Naturaleza del Gobierno de Aragón

Funcionarios de carrera
Funcionarios interinos o puestos vacantes
Vacantes previstas para cubrir


   

A cada uno de los APN del Gobierno de Aragón, le corresponde simultáneamente:

*       La gestión, protección y vigilancia de 131,8 km2 del total del territorio de Aragón.

*       La gestión, protección y vigilancia de 7.225 has. De superficie forestal.


Tomando como referencia las medidas máximas de un campo de fútbol oficial, 90/120 m., la superficie forestal que atiende cada APN sería de 669 campos de fútbol, que puestos en fila a lo largo, llegarían desde Zaragoza, pasando por Huesca, hasta un poco antes de Nueno.

No olvidemos, que la protección del Medio Ambiente y las especies que lo pueblan, no se limita solamente a las zonas forestales, sino a todo el territorio.

Si en vez de la superficie forestal, tomamos la totalidad del territorio de Aragón, la cifra aumenta a 1220 campos de fútbol, llegando entonces, uno detrás de otro, desde Zaragoza hasta Villarquemado, cerca ya de Teruel.


+ FORESTALES



13 de marzo de 2014

APERTURA ÉPOCA DE PESCA 2014

Según establece el Plan General de pesca para la temporada 2014, aprobado por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, el próximo sábado, tercero de marzo, comienza la temporada en las aguas trucheras no declaradas de alta montaña.

Las principales labores que los Agentes para la Protección de la Naturaleza realizan dentro de sus funciones de policía de la actividad piscícola son, comprobar que los pescadores cuentan con la correspondiente documentación administrativa en vigor: Licencia de pesca y permiso del acotado, en su caso; que las artes, aparejos y cebos empleados son las legalmente autorizadas, y que se cumplan cualesquiera otras disposiciones normativas que tienen encomendadas: Control del uso del fuego, acampadas libres, residuos, circulación de vehículos a motor por pistas forestales, navegación, etc.

En Aragón existen cerca de 70.000 licencias  de pesca expedidas por la Administración Autonómica, lo que supone una gran cantidad de aficionados que acuden a los ríos y masas de agua de la Comunidad, sobre todo los fines de semana y festivos.


Como el año anterior, el cupo para la trucha común se mantiene en tres ejemplares por pescador y día; y la normativa acerca de cebos, aparejos, días y periodos hábiles varía según la clasificación de las aguas como de alta montaña, cotos de pesca, tramos libres o de captura y suelta. 

Como novedades, para este año, el periodo de la temporada en las aguas trucheras en régimen de captura y suelta, del 1 al 30 de septiembre, se prorroga hasta el 15 de octubre en los cotos sociales de Oliván, Fiscal, Lafortunada, Campo, Albarracín Servicio y Villanúa. Igualmente en la modalidad de captura y suelta.

Los cebos naturales para aguas no trucheras se definen, permitiéndose únicamente insectos y lombriz como animales, vivos y muertos, así como la sardina muerta. 

Se definen la cantidades de productos para el cebado en los entrenamientos que realicen los pescadores federados en escenarios para eventos deportivos de pesca y cotos deportivos de pesca: 17 litros / 6 kilogramos de peso por pescador y día para especies autóctonas, y 2 litros por pescador y día para el caso de especies alóctonas. Además las boyas utilizadas para la señalización de los puntos de cebado serán de modelos comerciales, de colores llamativos y se retirarán al finalizar la jornada de pesca.

Con respecto al cangrejo rojo o americano, queda expresamente prohibida la utilización de nasas para su pesca, debiendo utilizar reteles, lamparillas, arañas o artes similares para llevarla a cabo. Se recuerda que la práctica de la pesca a mano, incluso de cangrejos, es una actividad prohibida por la Ley de Pesca. Y que en los tramos que se encuentren acotados es necesario disponer del permiso correspondiente.

Con respecto a las especies alóctonas y para compatibilizar la acción de la pesca con el cumplimiento del Real Decreto 630/2013, por el que se regula el catálogo español de especies exóticas invasoras, se establece que:
-  Todas las capturas de las especies de pez gato, pez sol y lucio, con carácter general  y para todo el territorio de Aragón, deberán ser sacrificadas “in situ”.
-   El resto de especies alóctonas siguientes: salvelino, black bass, siluro, luciopoerca, perca europea, alburno, rutilo, escardino y cangrejo rojo, podrán ser objeto de aprovechamiento piscícola exclusivamente en las áreas delimitadas en el Anexo 13 del Plan General de Pesca “Lugares donde se podrá practicar la pesca de las especies exóticas invasoras catalogadas en régimen de captura y suelta”, sin obligación de ser sacrificadas tras su captura. Fuera de esas áreas delimitadas en el anexo 13, esas especies no pueden pescarse y en el caso de que accidentalmente fuesen capturadas, no podrán ser devueltas al medio natural y deberán ser sacrificadas.
Se recuerda que para estas especies alóctonas se encuentra autorizada su posesión y transporte, pero siempre en muerto, cuando sea con fines de autoconsumo o de depósito en los contenedores de residuos orgánicos más próximos.   

Desde la Asociación de Agentes para la Protección de la Naturaleza en Aragón, se recuerda la obligación de cumplir la normativa vigente en materia de pesca y de conservación de la naturaleza, y anima a los todos los pescadores a seguir practicando esta actividad de forma sostenible con el medio que les rodea.

9 de marzo de 2014

EL GOBIERNO DE ARAGÓN CONVOCARÁ OPOSICIONES PARA CUBRIR TAN SÓLO 3 PLAZAS DE AGENTE FORESTAL, MIENTRAS MANTIENE VACANTES 64.

El Cuerpo de Agentes para la Protección de la Naturaleza (APN) del Gobierno de Aragón ya no puede cumplir todos sus cometidos de protección del medio ambiente debido a la falta de medios y de efectivos.

El Departamento de Agricultura Ganadería y Medio Ambiente encomienda parcialmente algunos servicios a las empresas públicas, incrementando el gasto, mientras infrautiliza a sus funcionarios.

La AAPNA registró sendos escritos en Función Pública y en el Departamento de Agricultura Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, instando a la corrección de los decretos publicados en el BOA el día 24 de febrero, en los que se incluían solamente 3 plazas de APN, cuando actualmente existen 64 vacantes; más de una quinta parte de la plantilla.

Esta asociación quiere pensar que se trata de un error, pues no es de recibo la convocatoria de oposiciones para cubrir tan solo 3 plazas de APN, cuando podría hacerlo con la totalidad de las vacantes.

Los funcionarios del cuerpo de APN continúan realizando sus funciones hasta donde llegan, con un ridículo parque de vehículos viejos e inseguros, adictos a los talleres y sin combustible, con equipos de protección individual incompletos (botas, cascos, chalecos…), y sobre todo, con un escaso interés por parte del Departamento de Agricultura Ganadería y Medio Ambiente en solucionarlo, a tenor de los acontecimientos.






Más información pinchando en los enlaces.

El texto del escrito registrado:

La Asociación de Agentes para la Protección de la Naturaleza en Aragón, con NIF XXXXXX y domicilio en La Puebla de Alfindén, en la calle Mayor nº 40, de la provincia de Zaragoza

EXPONE:

Que a la vista del Decreto 22/2014 y del Decreto 23/2014, ambos de 18 de febrero, por los que se aprueban las Ofertas complementarias de la Oferta de Empleo Público de 2007 y de la Oferta de Empleo Público de 2011, respectivamente, en el ámbito de Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón cabe hacer las siguientes consideraciones: 

  • Con fecha 31 de diciembre de 2006, el número de plazas vacantes en la Escala Ejecutiva de Agentes para la Protección de la Naturaleza era de cuarenta y cuatro (44) y sólo fueron convocadas quince (15) por lo que la diferencia de la Oferta de Empleo Público de 2007 sería de veintinueve (29) en lugar de dos (2) como publica el Decreto 22/2014.
  • Con fecha 31 de diciembre de 2010, el número de plazas vacantes en la Escala Ejecutiva de Agentes para la Protección de la Naturaleza era de sesenta (60). A la espera de asignar destino a los veinticinco (25) opositores aprobados (10 de la OEP de 2007 y 15 de la OEP de 2010), la diferencia en este caso sería de treinta y cinco (35) plazas en lugar de una (1) como publica el Decreto 23/2014.
  • Consideramos inadmisible que en una Escala Ejecutiva donde el número de plazas vacantes actualmente se sitúa en sesenta y cuatro (64) sólo sean convocadas tres (3).
  • Por tanto, le instamos a la revisión de los Decretos 22/2014 y 23/2014, y a que se tenga en cuenta el consiguiente incremento de plazas en la Oferta de Empleo Público para Agentes para la Protección de la Naturaleza o, en su caso, a la anulación de la convocatoria. 



Zaragoza a 24 de febrero de 2014