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AGENTES PARA LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA
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Huesca: 974 293 206
Teruel: 978 641 150
Zaragoza: 976 714 600

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enlace a las OFICINAS COMARCALES Y ÁREAS MEDIOAMBIENTALES DEL DEPARTAMENTO DE A. G. Y MEDIO AMBIENTE


AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

11 de mayo de 2015

El presidente de AEAFMA Luis Díaz presenta su dimisión



El pasado 7 de mayo el presidente de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medioambientales Luis Díaz Villaverde ha presentado su dimisión del cargo que ocupa.
Desde su llegada a la presidencia su compromiso y tesón en defensa del colectivo profesional que representaba ha sido muy elevado, forjando y trabajando en los últimos meses en una intensísima campaña por frenar el mayor ataque que hemos tenido la profesión de Agentes Forestales en los 140 años de historia, propuesto por el Gobierno del Partido Popular.
Quienes hemos tenido el placer de estar a su lado, hemos podido comprobar su carácter e innegable valía, llena de recursos, para conseguir los objetivos planteados.
AEAFMA, aun a sabiendas del elevado listón marcado por Luis, seguirá siendo la organización que aúna el empuje mayoritario de la profesión, con una hoja de ruta asamblearia definida, desde donde los relevos de las personas deben respetarse y entenderse como imprescindibles y saludables.
Desde AEAFMA felicitarte y darte las gracias por el camino recorrido.

El presidente de AEAFMA Luis Díaz presenta su dimisión