Escudo corporativo del cuerpo de APN

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¿Fauna salvaje en dificultades o muerta?
¿Incendios forestales?
¿Infracciones contra la seguridad ambiental, caza, pesca, vertidos?
¡¡LLÁMANOS!!
112 SOS ARAGÓN


¿Cualquier tema relacionado con el medio ambiente?
Pregunta por nosotros:
AGENTES PARA LA PROTECCIÓN DE LA NATURALEZA
Centralitas SP Medio Ambiente
Huesca: 974 293 206
Teruel: 978 641 150
Zaragoza: 976 714 600

Por correo electrónico, pinchando en este enlace o escribiendo a apn@aragon.es indicando tus datos

enlace a las OFICINAS COMARCALES Y ÁREAS MEDIOAMBIENTALES DEL DEPARTAMENTO DE A. G. Y MEDIO AMBIENTE


AGENTES FORESTALES

La AAPNA es la asociación profesional de los AGENTES FORESTALES del Gobierno de Aragón

Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales. Artículo 2 y 3.

Artículo 2. Agentes forestales y medioambientales.
A los efectos previstos en la presente ley, son agentes forestales y medioambientales aquellas personas adscritas a las distintas administraciones públicas que, con independencia de la denominación específica, tengan encomendada, entre otras funciones que se detallan en el artículo 4, la tutela de la seguridad ambiental mediante el desempeño de las funciones de vigilancia, policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y medioambiental.
Artículo 3. Naturaleza jurídica.
1. Los agentes forestales y medioambientales tendrán la condición de funcionario público, así como la de agentes de la autoridad. Cuando se cometa delito de atentado, que pueda poner en peligro grave la integridad física de los Agentes tendrán al efecto de su protección penal la consideración de agentes de la autoridad. Esta naturaleza jurídica se hace extensiva, a efectos de su protección jurídico penal, a los supuestos en los que se produzcan agresiones, amenazas, atentados y cualquier hecho de similar naturaleza, que se realicen como consecuencia del ejercicio de dichas funciones, aun cuando estuvieran fuera de servicio en el momento de producirse, si los hechos se realizan como consecuencia o motivación de su ámbito profesional. Las faltas de respeto y consideración a los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de infracción penal, se ajustarán a lo dictado por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana, o las dictadas con similares fines.
2. Los agentes forestales y medioambientales tienen la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico, actuando en este último caso en auxilio de los jueces y tribunales de Justicia y del Ministerio Fiscal.
3. Las administraciones públicas y los particulares están obligados a prestar la colaboración que precisen con los agentes forestales y medioambientales en el ejercicio de sus funciones.

La AAPNA forma parte de la Asociación Española de Agentes Forestales y Medio Ambientales AEAFMA y de la International Ranger Federation IRF

25 de agosto de 2022

Sr. Presidente de la Comarca de Tarazona y el Moncayo:

 Desde la Asociación de Agentes para la Protección de la Naturaleza de Aragón, queremos transmitirle todo nuestro apoyo tras el incendio que tan gravemente ha afectado a su comarca y la de Borja. Han sido días de mucho trabajo duro, especialmente en el primero, donde las condiciones meteorológicas fueron tan difíciles que obligaron a esforzarse al límite.

Desde la Dirección de Extinción se tomaron las decisiones que en esos momentos se consideraron más acertadas, priorizando la defensa de los núcleos habitados.

Ahora toca evaluar los daños, atender a los afectados y corregir en la medida de lo posible los errores cometidos. También es momento de reuniones con Alcaldes, miembros del Gobierno de Aragón y otras instituciones.

Los medios informativos nos dan cuenta de alguno de estos eventos y de las declaraciones que realizan algunos participantes. Entre éstas, escuchamos unas suyas de ayer donde dice: “es que en cuanto haces cualquier cosa siempre están los agentes forestales o los del Gobierno de Aragón están poniendo denuncias, no te dejan cortar una rama de un árbol porque dicen que está protegida, no te dejan limpiar una acequia...”

Esta aseveración hecha desde un cargo público como el suyo abre la puerta para que sea cuestionada la función que los Agentes para la Protección de la Naturaleza (APN) tenemos encomendada por la Ley de Montes y otras que afectan al medio natural.

Son muchas las actividades reguladas en el medio rural. Unos trámites dependen de los Servicios Provinciales del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, otros del Inaga y algunos incluso de otras instituciones, pero nunca de los APN. Incluso para diferentes actuaciones como hacer leñas en fincas propias, basta una simple comunicación administrativa.

Los funcionarios del cuerpo de APN no prohíben ni autorizan. Son un Servicio Público ejecutivo, que está para ayudar al ciudadano y proteger el medio ambiente.

Flaco favor nos hacen declaraciones totalmente fuera de lugar y alejadas de la verdad como las suyas, que nos responsabilizan del estado actual de nuestros montes, más si cabe después de este lamentable incendio.

Por ello le agradeceríamos desde esta asociación que haga una nota pública en la que aclare o se retracte de lo expresado en los medios de información.

Reciba un cordial saludo y quedamos a su disposición para lo que estime oportuno.

Calatayud a 24 de agosto de 2022

Fdo. Presidente de AAPNA